El verano de 2020 fue raro. No hace falta que te lo expliquemos. Sabes de sobra la razón… Y fue más raro aún porque, mientras probablemente estabas descansando unos días, el Gobierno de España aprobó el Real Decreto 736/2020 referente a la contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas de edificios, en un mes, Agosto, que no suele ser hábil para estos temas.
Por esta razón hemos decidido explicarte los puntos más importantes de este Decreto que entró en vigor el 7 de Agosto de 2020. ¡Atención porque hay puntos de obligado cumplimiento que quizá desconozcas!
¿A qué me obliga el Decreto?
En resumen viene a decir que en edificios de varios vecinos – o locales – con sistema centralizado de calefacción o refrigeración, cada cual debe pagar su consumo según la medición registrada. Esto significa que cada usuario debe tener instalado un dispositivo para medir esos consumos (contador o repartidor de costes).
Además se ha dejado claro que las multas por incumplimiento de este Real Decreto serán de entre 1.000 y 10.000 euros. Será responsabilidad del titular del edificio – comunidad de propietarios o el dueño – que se cumpla esta ley.
¿Qué dispositivos de medición son válidos?
Seguro que la primera pregunta que te viene a la mente es “si lo tienes todo en orden”. Para comprobarlo, pasamos a contarte los sistemas que observa esta nueva ley. Para la calefacción sólo hay 2 posibilidades: contadores individuales (calefacción en anillo) y repartidores de costes (calefacción por columnas).
Los repartidores de costes serían la opción adecuada en caso de que tu instalación no permita técnicamente los contadores individuales o de que te resulte demasiado caro. Más adelante te explicaremos el sistema para saber si te resulta rentable o no. ¡Vamos paso a paso!
¿Cómo saber si estoy exento de adaptar mi equipamiento térmico al Decreto 736/2020?
Hay 3 supuestos en los que no tendrías obligación de cumplir el Real Decreto, aunque debes realizar una serie de trámites.
1. ¿En qué zona climática vivo?
Quizá sea el punto más importante de este decreto. Las zonas se determinan en base al clima que se disfruta en tu ámbito geográfico. En el País Vasco, estas zonas van de la letra C a la E tal y como se indica en la tabla superior. Al parecer, según estudios realizados, sólo el 5% de los edificios de las zonas climáticas C, D y E quedarán exentos por tener adaptadas sus instalaciones así que seguimos indagando si debes adaptar tu equipamiento a la nueva normativa…
2. ¿Qué tipo de instalación tengo?
Para responder a esta pregunta tan técnica, lo mejor es que lo consultes con un experto. Por eso vamos a intentar explicarte qué debes tener en cuenta para que realices la pregunta correcta.
Lo primero que debes conocer es si cuentas con uno de estos 2 tipos de instalación térmica , ya que estarían exentos de cumplir una parte del Decreto:
- Radiadores monotubos en serie: no están obligados a instalar contadores o repartidores de costes. Estos sistemas tienen la salida del agua de cada radiador conectada a la entrada del siguiente hasta llegar a la sala de calderas. Al estar todos los radiadores del edificio interconectados, no cuentan con llaves de regulación para evitar dejar sin suministro a los vecinos.
- Radiadores ventilo-convectores o aerotermos: también estarían exentos de instalar repartidores pero deben colocar contadores para conocer el consumo de calefacción. En estas instalaciones la calefacción se compone de tubos por los que circula el agua caliente. De esta forma las estancias se climatizan por convección natural.
“Y… ¿qué es eso?”, te preguntarás. Muy sencillo: la convección natural hace que se caliente el aire frío que está alrededor de los radiadores, haciendo que ascienda más aire frío vuelva a ocupar ese lugar inferior. Y así hasta conseguir la temperatura indicada en la estancia.
Estos sistemas pueden contar también con compuertas o ventiladores en el propio radiador. Así, cuando la habitación alcanza el grado de climatización deseado, se auto-regulan o se cierran por completo.
Si cuentas con alguno de estos 2 tipos de instalación térmica deberás:
- Contactar con tu empresa de mantenimiento de caldera para solicitar tu Certificado de Exclusión de instalación de sistemas de contabilización individualizada, tal y como se indica en el Anexo II del Real Decreto 736/2020.
- Solicitar al titular de la instalación – generalmente la Comunidad de Propietarios – que emita la Declaración Responsable de la que se habla en el Anexo V del Real Decreto 736/2020.
- Por último, deberás presentar estos 2 documentos en el organismo competente de tu Comunidad Autónoma. Nuestro consejo: consúltalo con tu empresa de mantenimiento. ¡Te ahorrarás muchas gestiones!
3. ¿Es rentable económicamente?
Si llegados a este punto, aún tienes obligación de instalar repartidores o contadores, sólo te quedaría esta pregunta por contestar.
Según el Decreto 254/2020 de 10 de noviembre sobre Sostenibilidad Energética de la Comunidad Autónoma Vasca, se establece que si anualmente se consigue un ahorro de, al menos, un 15 % y los equipos se amortizan en 6 años, deberías adaptar tu sistema de calefacción a esta nueva normativa.
Pero… la mejor manera de saberlo es contactar con Saincal o tu compañía instaladora para pedir un presupuesto siguiendo el modelo que propone el propio Decreto.
Si tras este estudio, resultaras exento de instalar repartidores y contadores, no te olvides de:
- Solicitar una copia del presupuesto de inversión realizado. La empresa encargada de su emisión debe facilitártelo de forma gratuita.
- Pedir una Declaración Responsable al titular de la instalación.
- Estos 2 documentos deberás presentarlos en el organismo competente de tu Comunidad Autónoma. De nuevo, nuestro consejo: contactar con el mantenedor de tu caldera para realizar este trámite.
¿Qué ocurre con los sistemas de lectura del consumo?
Respecto a la lectura de contadores, su información al consumidor y reparto de costes, se establece que:
- La lectura debe ser gratuita si la realiza el propio titular del edificio.
- Si la encargada es una empresa especializada, los costes deben ser razonables y ajustados a este servicio.
Es importante subrayar que desde el 7 de Agosto de 2020 sólo son válidos los contadores de energía – en caso de que tu instalación sea en anillo – o los repartidores de costes, si tu instalación es en columna. Esto implica que los llamados cuenta-horas ya no están permitidos, por lo que deberás sustituirlos si aún los tienes.
Además los dispositivos de lectura deberán ser de tipo remoto en todas las instalaciones para 2027, por lo que todos los instalados a partir de ahora, serán de esa clase. Así que si la lectura de tu contador debe realizarse de manera presencial por un técnico, tienes plazo hasta entonces para realizar el cambio.
¡No te despistes! 📞 Contacta con nosotros y te informaremos al respecto.
¿Tengo que instalar válvulas termostáticas?
El Decreto no define el tipo de sistema de regulación con el que debe contar tu instalación. Se deja a tu libre elección entre válvulas de radiador manuales, termostáticas, termostatos… Eso sí: debes contar con alguno de ellos.
¿Qué plazo establece el Decreto para esta adaptación de los sistemas de calefacción?
Dependiendo de la zona climática en la que residas y el número de viviendas de tu edificio, los plazos varían tanto para solicitar presupuesto como para adaptar tu instalación.
Lo puedes consultar con detalle en la tabla inferior teniendo en cuenta que la fecha límite sería:
- Solicitud de presupuesto: de Febrero a Diciembre de 2021
- Realización de la instalación: de Mayo de 2022 a Mayo de 2023.
¿Cuánto me va a costar todo esto?
Vayamos por partes… En primer lugar debemos recordarte que el presupuesto facilitado por la empresa instaladora debe ser gratuito, por lo que no pagarás más de lo que inicialmente hayas aceptado en el mismo.
Respecto a los costes fijos de las facturas periódicas de tu consumo – referentes tanto al reparto de los costes comunes del edificio, como de mantenimiento -, el Decreto los establece entre un 25% y un 40 % del total del importe.
Principales ventajas del nuevo Decreto
- Un sistema de reparto individualizado de costes aumenta la conciencia energética del usuario modificando sus costumbres de uso y reduciendo el consumo.
- Se consigue ahorrar más del 15% en calefacción.
Sabemos que te hemos dado mucha información para asumir y revisar, pero hay tiempo para hacerlo bien y de manera tranquila. Si quieres que te acompañemos en este proceso, no dudes en llamarnos por teléfono al 944 638 611 o rellena nuestro formulario de contacto. ¡Te estamos esperando!
¡Ah! Y si quieres tener toda esta información explicada en detalle, puedes descargar la Guía de Individualización de Consumos en Calefacción Central que hemos editado junto a Instagi, Eraikal y Gobierno Vasco.