| Acerca de
la legalización y adaptación a la normativa
vigente de depósitos de combustible
SAINCAL realiza las inspecciones exigidas por el Departamento
de Industria, según normativa ITC MI IP 03, para
las instalaciones de almacenamiento de GASÓLEO
DE USO PROPIO (GASÓLEO C).
Atendiendo a esta norma, se realizarán REVISIONES
para comprobar el estado y funcionamiento de los elementos,
equipos e instalaciones, según los requisitos
y condiciones técnicas o de seguridad exigidos
por los reglamentos y normas que sean de aplicación.
- INSTALACIONES DE SUPERFICIE
- INSTALACIONES CON PROYECTO: cada 5 años
- INSTALACIONES SIN PROYECTO: cada 10 años
- INTALACIONES ENTERRADAS
- TUBERIAS ENTERRADAS: prueba de estanqueidad cada
5 años.
- DEPOSITOS ENTERRADOS SIN CONTROL DE FUGAS. Dos
opciones:
- Prueba de estanqueidad en carga: cada 5 años
- Prueba de estanqueidad en vacío, limpio
y desgasificado: cada 10 años
Se realizarán también, por parte de la
Administración competente u Organismo de Control
Autorizado (OCA), inspecciones cada 10 años en
todas las instalaciones con proyecto.
Asimismo, en SAINCAL realizamos inspecciones de INSTALACIONES
DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS, en las que sean de
aplicación la normativa identificada con la nomenclatura
ITC MI IP 04.
Además, realizamos LEGALIZACIONES DE INSTALACIONES
YA EXISTENTES que no estén registradas en el
Departamento de Industria correspondiente.
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