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Acerca de la legalización y adaptación a la normativa vigente de depósitos de combustible

 

SAINCAL realiza las inspecciones exigidas por el Departamento de Industria, según normativa ITC MI IP 03, para las instalaciones de almacenamiento de GASÓLEO DE USO PROPIO (GASÓLEO C).

Atendiendo a esta norma, se realizarán REVISIONES para comprobar el estado y funcionamiento de los elementos, equipos e instalaciones, según los requisitos y condiciones técnicas o de seguridad exigidos por los reglamentos y normas que sean de aplicación.

  • INSTALACIONES DE SUPERFICIE
    • INSTALACIONES CON PROYECTO: cada 5 años
    • INSTALACIONES SIN PROYECTO: cada 10 años


  • INTALACIONES ENTERRADAS
    • TUBERIAS ENTERRADAS: prueba de estanqueidad cada 5 años.
    • DEPOSITOS ENTERRADOS SIN CONTROL DE FUGAS. Dos opciones:
      1. Prueba de estanqueidad en carga: cada 5 años
      2. Prueba de estanqueidad en vacío, limpio y desgasificado: cada 10 años


    Se realizarán también, por parte de la Administración competente u Organismo de Control Autorizado (OCA), inspecciones cada 10 años en todas las instalaciones con proyecto.

Asimismo, en SAINCAL realizamos inspecciones de INSTALACIONES DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS, en las que sean de aplicación la normativa identificada con la nomenclatura ITC MI IP 04.

Además, realizamos LEGALIZACIONES DE INSTALACIONES YA EXISTENTES que no estén registradas en el Departamento de Industria correspondiente.

 
 
 
 
 
Urgencias
94 463 86 11 / 33